Derogación total de una ley. Antiguamente se distinguía la abrogación de la derogación, interpretándose la primera como dejar sin efectos totalmente la ley, y la segunda solo parcialmente.
Acto mediante el cual a través de sentencia o pronunciamiento de un tribunal se da por terminado un juicio o proceso, declarando al demandado libre de la demanda, o al acusado de la acusación que se le ha formulado, ya sea tanto en Derecho Procesal Civil como en Derecho Procesal Penal, según la materia de que se trate.
Acto mediante el cual determinada autoridad manifiesta su imposibilidad de intervenir en un proceso por concurrir legítimo impedimento para ello.
Mal uso o empleo arbitrario de la autoridad, de un poder. La consecuencia exagerada de un principio. • Disfrute exagerado, fuera de los límites establecidos legalmente, de la propiedad o posesión.
Ejercicio arbitrario del derecho más en perjuicio ajeno que en beneficio propio. • Uso antisocial de facultad jurídica determinada.