Reglas que generalmente detallan el mecanismo y describen la forma de actuación ante lo normado en regulación principal. Manifestación de voluntad emitida por la Administración Pública en virtud de la cual entran en vigor normas generales emitidas en consecuencia, con el consentimiento del órgano administrativo y que regulan las relaciones jurídicas-administrativas. En Cuba la práctica ha propiciado que constituyan actos administrativos con determinadas formalidades que tienen carácter de decretos, emitidos por el Consejo de Ministros o de resolución cuando provienen de otros jefes de la Administración Central del Estado
Normas jurídicas aplicables a una determinada disciplina. En Cuba constituyen actos administrativos que están facultados, por ejemplo, para dictarlas ministros; y directores de determinadas instituciones con facultades para ello. Son los instrumentos jurídicos más utilizados por la administración con el fin de ejecutar sus decisiones.
Indemnización que debe abonar persona determinada por cometer un delito a fin de reparar los daños ocasionados a la víctima del hecho. La responsabilidad civil, según la legislación penal cubana, comprende tres elementos: la restitución; la reparación y la indemnización de los daños y perjuicios.
Aquella que deriva del delito cometido. Incluye a la responsabilidad civil en los casos previstos en ley. En Cuba se exige a personas naturales y jurídicas; en los primeros casos es exigible a partir de los dieciséis años cumplidos en el momento de cometer el acto punible y recae a autores y cómplices.
Persona natural o jurídica que por sus funciones o razón de su actividad, oficio o profesión, se encuentra obligada a retener el importe de un impuesto, tasa o contribución para su posterior liquidación e ingreso. Es responsable directo de la obligación tributaria. Una vez efectuada la retención, es el único obligado al ingreso de la cantidad retenida. Responde ante el contribuyente por las retenciones efectuadas indebidamente o en exceso, y ante el Estado por la no liquidación del impuesto, tasa o contribución, en el tiempo y forma establecida.