La Ley No. 83 de la Fiscalía General de la República, de 1997, establece los requisitos para ser elegido o designado Fiscal:
a) Estar habilitado para el ejercicio del Derecho por título expedido o convalidado por universidad o institución oficial facultada para ello.
b) Ser ciudadano cubano.
c) Poseer buenas condiciones morales y gozar de buen concepto público.
d) Haber cumplido veintiún (21) años de edad.
Además de los citados requisitos, para ser designado Fiscal, se requiere haber aprobado previamente el expediente de ingreso; en el que se incluye, según el Reglamento de la mencionada ley, la constancia de ciudadanía, datos del carné de identidad, certificaciones de resultados académicos, título universitario, verificaciones sobre su conducta y probidad social, resultados de estudios psicológicos; así como, la trayectoria laboral y resultados profesionales, para los que tienen o han tenido algún empleo; todo lo que avalará la idoneidad del aspirante.
La Dirección de Cuadros y los Departamentos homólogos en las provincias valoran la aptitud del aspirante proponiendo los que considere pueden ingresar en la Fiscalía General de la República. El Fiscal Jefe Provincial aprueba el expediente de ingreso del aspirante y lo eleva a la consideración del Fiscal General, quien decide sobre la designación del candidato.