En esta sección usted podrá conocer el significado de diversos términos jurídicos o relacionados con el Derecho
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Conjunto de normas reguladoras del orden jurídico relativo al Estado en sí, en sus relaciones con los particulares y con otros Estados.

Sujeto pasivo de una obligación. • Persona que está obligada a cumplir la prestación, es decir, a dar, a hacer o a no hacer algo en virtud de acuerdo o expresa disposición legal.

El que está obligado en primer lugar a cumplir la prestación para con el acreedor. • El que primeramente debe ser demandado; quien debe mayor cantidad.

Los obligados conjuntamente a una misma prestación, aunque si uno de los obligados asume la deuda, quedan libres los restantes con respecto al acreedor o acreedores solidarios.

Juicio que se forma o emite sobre algo. En el ámbito jurídico se reconoce como una sentencia o resolución judicial que dicta un juez o un tribunal, reconociendo un derecho de una de las partes a fin de obligar a la otra a aceptar el pronunciamiento y cumplirlo. De este modo se pone fin a un litigio o a una causa. En el caso del derecho penal, el dictamen absuelve o condena al acusado; por lo tanto, puede ser condenatorio (el juez acoge la pretensión de quien demanda y establece una pena) o absolutorio (el juez otorga la razón al demandado o acusado). Otra clasificación habla de dictamen firme (no acepta la interposición de ningún recurso) y dictamen recurrible (es posible interponer recursos).

Cuando se emite un dictamen debe ser evaluado su contenido por una comisión constituida a tales efectos y aprobado por mayoría de votos de los miembros de dicha comisión. Opinión legal sobre un asunto o disposición jurídica que se somete a determinada consideración. En Cuba generalmente se emite por los asesores jurídicos a través del cual colegiadamente expresan su opinión técnica, razonada.

 

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