El que cursados los estudios requeridos acorde con los requerimientos legales, cumple las funciones de verificación de cuentas o bienes de organismos públicos o de empresas, y aun de simples particulares, con fines civiles, penales, mercantiles o fiscales.
Órgano del Estado. En Cuba se denomina Contraloría General de la República, y es un órgano de reciente creación, auxiliar a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado en la ejecución de la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado y del Gobierno. En razón de ello propone la política integral del Estado en materia de preservación de las finanzas públicas y el control económico-administrativa. Una vez aprobada, dirige, ejecuta y comprueba su cumplimiento, así como dirige metodológicamente y supervisa el sistema nacional de auditoría; ejecuta las acciones que considere necesarias con el fin de velar por la correcta y transparente administración del patrimonio público; se empeña en prevenir y luchar contra la corrupción en todo el país. Ha asumido las funciones que ejercitó el Ministerio de Auditoría y Control (MAC), sumándoles otras que rebasan los límites del control de los fondos públicos, como sucede en otros países. Llega a velar por la concepción de las regulaciones necesarias que guían el trabajo a todos los niveles y su cabal cumplimiento por las instancias correspondientes, intentando contribuir en el fortalecimiento de la exigencia en el cumplimiento estricto del deber por todas las estructuras de dirección, sin suplantar en sus responsabilidades a los ministros ni a ningún otro funcionario, y en el combate contra las manifestaciones de corrupción. Ella ejerce sus funciones en los órganos, organismos, organizaciones y entidades que reciben recursos del Estado para su gestión o estén sujetos a una obligación tributaria generada en el país, en concordancia con lo estipulado en la ley.
Que contraviene. • Infractor, violador, quebrantador de la ley, orden o mandato.
Persona que abona o satisface las contribuciones o impuestos del Estado. Es aquella natural o jurídica al que la ley impone la obligación de tributar.
Reo (acusado de haber cometido un delito o sancionado) al que le ha sido probado su participación en los hechos delictivos a partir de las pruebas practicadas durante el proceso, aun cuando no lo haya confesado.