
El tema del más reciente programa Familias, trasmitido por la televisión cubana el pasado viernes 9 de septiembre, nos acercó a una sensible y desgarradora historia relacionada con la sustracción ilegal y retención ilícita de menores hacia otros países.
Lisandra, protagonista de la referida historia, fue engañada por su cónyuge e inducida a firmar un documento de autorización de salida de Cuba de su pequeño de cinco años para viajar hacia el país de residencia de su padre, bajo la promesa de que en pocos días ella se reuniría con ellos.
Pero este incumplió el acuerdo. Rompió el compromiso y manifestó su intención de quedarse en el extranjero con el niño. ¿Cómo actuar ante este ilícito? ¿Qué posibilidad real tiene Lisandra de recuperarlo?
Al respecto la Dra. Taydit Peña Lorenzo, profesora titular de Derecho Internacional Privado de la Universidad de La Habana, afirmó que la acción califica como una retención y sustracción internacional del menor. Cuba, dijo Peña Lorenzo, ratificó desde el año 2018 la Convención de Sustracción ilegal de menores de La Haya lo cual facilita la vía expedita para darle solución a este asunto.
En el caso que nos ocupa, dijo la docente de la alta casa de estudios, el primer paso es que se reconozca lo ilícito del movimiento de un país hacia otro del menor sin la autorización de ambos padres, lo cual originó la ruptura de la posibilidad de una relación sana y en detrimento de su salud y desarrollo.
Según la especialista, la citada Convención facilita, a través de autoridades centrales, velar por la pronta restitución del niño y el respeto a la garantía de la persona sobre quien tiene la guarda y cuidado. Esta autoridad central, en el caso cubano, recae sobre el Ministerio de Justicia.
La M.Sc. Tanieris Diéguez La O especialista de la Dirección Derecho Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX) reconoció que, en este caso, son aplicables varios de los convenios internacionales de los cuales Cuba es signataria porque los ha ratificado o se ha adherido a ellos, entre ellos la Convención de los Derechos del Niño, y el Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción de menores de la Conferencia de La Haya.
En la ratificación de estos, aseguró, se refleja la voluntad estricta del estado cubano de respetar, preservar y proteger el interés superior de niños, niñas y adolescentes.
Para nosotros resulta relevante, consideró Diéguez La O. contar con normas como la del nuevo Código de las Familias en las cuales se reflejen los contenidos de los convenios internacionales a fin de hacerlos efectivos e implementarlos.
La Dra. Taydit Peña Lorenzo consideró que la propuesta del Código de las Familias, además del tema de la sustracción de menores, objeto del programa, contiene otros cambios para las relaciones privadas de familia en el orden internacional, que de una u otra manera inciden en los diversos tipos de relaciones parentales.
Entre esas, abundó, la institución del matrimonio, los temas de filiación en los cuales los menores son el interés superior a proteger, los de alimentos que incluyen también a menores y a personas vulnerables en el orden familiar, así como el de la guarda y cuidado y la adopción.
Cada uno de esos temas, aclaró, tendrá una ley específica, algo que en la actualidad no tenemos, pues solo contamos con una norma muy general en el Código Civil para todas las relaciones de familia sin individualizarlas.
Peña Lorenzo explicó que se introduce además en el citado Código la sustitución del criterio de conexión de ciudadanía hacia el criterio domiciliario, aspecto medular porque la ciudadanía es un vínculo jurídico político con un estado mantenido aún cuando no se viva en él.
Este hecho, dijo, abre un margen a la autonomía de la voluntad en este tipo de relaciones económicas, porque las personas tienen la posibilidad de elegir, en el caso de matrimonios radicados en países distintos, que ley quieren que regulen sus relaciones patrimoniales.
Patria Ares Muzio, reconocida psicóloga y conductora del programa Familias, puntualizó que entre las nuevas relaciones de las familias cubanas, las trasnacionales o con miembros extranjeros son cada vez más frecuentes. Es cierto, acotó, que el amor no tiene fronteras, pero también es cierto que un matrimonio bicultural presenta dificultades añadidas, difíciles de afrontar, que pueden provocar situaciones dolorosas.
Solo la protección y el cuidado que cada familia tenga para infantes y adolescentes, argumentó, unido a la voluntad del país y el respaldo ofrecido por nuestras leyes, los mantendrán a salvo de historias tan lamentables como la de Lisandra que, con la ayuda institucional cubana, espera muy pronto abrazar nuevamente a su hijo.