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Fiscalía Militar
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En este artículo:
Cuba, órganos militares de justicia, Fiscalía, Aniversario, derechos, Ley, Fiscalía Militar, transparencia, fidel castro
ANIV 40 OMJ

Los Órganos Militares de Justicia (OMJ) celebran hoy el aniversario 40 de que fuera instituido el 16 de octubre como su día, a través de la Orden No. 8 de 1983 del entonces Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, General de Ejército Raúl Castro Ruz.

La elección de la fecha estuvo motivada porque ese mismo día, pero de 1953, el joven Fidel Castro Ruz pronunció su histórico alegato de autodefensa conocido como “La historia me absolverá”, ante el tribunal que lo juzgó por el asalto al Cuartel Moncada. Aquella brillante exposición, con una significativa trascendencia histórica y jurídica, constituyó el programa político y de lucha de la Revolución cubana.

Los OMJ están integrados por la Fiscalía y los tribunales militares, que se organizan de forma vertical con independencia jerárquica y funcional de cualquier órgano local o militar, formando parte de la Fiscalía General de la República y del sistema de tribunales de justicia del país, respectivamente.

La misión fundamental de la Fiscalía Militar consiste en realizar la investigación penal, ejercer su control y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado ante los tribunales militares, así como velar por el estricto cumplimiento de la Constitución de la República, las leyes y demás disposiciones legales, en los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.

A los tribunales militares corresponde impartir justicia, de conformidad con la Constitución de la República, los tratados internacionales en vigor para el país y la legislación nacional, con sentido de lo justo, racionalidad, transparencia, diligencia y respeto a las garantías de las partes y demás intervinientes en los procesos judiciales.

En su incesante labor, los OMJ han contribuido a la educación jurídica de los integrantes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior, en un espíritu de fidelidad a la Patria y a la Revolución; así como a la preservación del delito, de otras infracciones de la legalidad y a la eliminación de los factores que los condicionan o propician, favoreciendo la disciplina y la disposición combativa de los mandos.

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