
Al respecto Idania Silot Navarro, fiscal de la Dirección de Protección a la Familia y Asuntos Jurisdiccionales de la Fiscalía General de la República y una de las especialistas de esa institución de más larga data en la atención de estos temas, emitió algunas de las aristas más importantes de la nueva norma ahora lista para someterse a referendo popular.
Si la familia es la célula fundamental de la sociedad, dice la especialista, la ley no puede bajo ningún concepto aislar o discriminar a ninguna de ellas.
Tomemos como ejemplo uno de los temas más sensibles de los últimos tiempos que aún no encuentra respuesta en nuestro vigente código. El de los derechos de los abuelos.
“Sucede que a pesar de reconocerse la importancia de esta importante figura en la crianza de los muchachos, en la práctica social se establecen conflictos entre ellos y los progenitores que aunque hasta ahora y siempre en el mejor interés del menor se han tratado y resuelto a tenor con lo refrendado en la Convención del Derecho de los Niños, a la cual Cuba está adscripta, no es menos cierto que la actual situación exige de una legislación más atemperada a este momento.”
Ahora hace una pausa y repasa sus notas. Escudriña los ojos como buscando al interior los mejores vericuetos de la comunicación y, en voz pausada, expone.
“Otro de los asuntos medulares es el de la regulación de la violencia en el ámbito familiar. Y fíjese que amplio este término que en la práctica es muy abarcador, pues el nuevo Código está dirigido a proteger no solo a la mujer, sino a los niños, adolescentes, adultos de la tercera edad, personas con alguna discapacidad, en fin es una norma que incluye a toda la familia.”
Para la experimentada Fiscal la regulación de la comunicación entre parientes como derecho y deber pone sobre el tapete el derecho de los niños a mantener vínculos con toda su familia, aunque esos se hayan roto por cualquier motivo, pues es inadmisible utilizar a un niño como rehén de rencores y desavenencias.
También es importante, aclara, la eliminación del permiso para que menores de edad contraigan matrimonio, pues además de afectar el desarrollo de los adolescentes y poner en riesgo la vida de las menores ante un embarazo para el cual no están preparadas, conspira contra su realización personal y promueve la deserción escolar.
Mientras actualiza sus notas hace una pausa, se pone las manos en la barbilla, me mira fijamente y rompe el momentáneo silencio.
“Este proyecto del Código de las Familias revoluciona y simplifica el reconocimiento de las uniones afectivas estables con al menos dos años de relaciones. Ahora serán validadas ante notario o el Tribunal Popular y pasarán de matrimonios no formalizados a Unión de Hecho y como tal para todos sus efectos, se inscribe en el registro correspondiente.
“La Mediación es otra de las normativas que contribuirán a la solución de los conflictos. No está en el Código actual, pero la Constitución del año 2019 la reconoce y en virtud de ese principio ahora se asume, aunque sin fuerza vinculante.
“Pareciera que esto podría restarle fuerza al acuerdo pero los legisladores salvan la situación con la posibilidad de validar ante el Tribunal el acuerdo al que se llegue mediante un procedimiento de Jurisdicción voluntaria”.
Silot Navarro hace referencia a términos y conceptos como el de la Patria Potestad, modificado ahora por uno más abarcador como Responsabilidad Parental que encierra la visión de deberes y derechos jurídicos que protegen a niños y adolescentes.
“Es importante que la población comprenda el alcance que en materia de derechos y protección de los menores el Código encierra. Cuando se dispone la guarda y cuidado compartida - y hasta temporal si el caso lo amerita- se vela por el interés superior del niño, regulándose la posibilidad de acogimiento familiar- personas con discapacidad y adultos de la tercera edad incluidos- y su derecho a decidir ante los tribunales competentes su acogimiento o no al recogimiento institucional.”
El Proyecto del Nuevo Código de las Familias es inclusivo, constituye una fuente de derecho, pero sobre es el resultado del estudio de prácticas y situaciones enfrentadas a lo largo de los años en los cuales no siempre la norma jurídica pudo dar respuesta efectiva pues la vida evoluciona aún más rápido que las leyes más novedosas.
En próximos artículos abundaremos en cuestiones medulares que la población debe conocer por su posible impacto en la sociedad