
La Constitución de la República aprobada en el año 2019 introduce una serie de principios que transforman radicalmente el criterio tradicional de la familia y de sus derechos como institución, cuando define en su artículo 81 que: “Toda persona tiene derecho a fundar una familia. El Estado reconoce y protege a las familias cualquiera que sea su forma de organización, como célula fundamental de la sociedad y crea las condiciones para garantizar que se favorezca integralmente la consecución de sus fines (…) se basan en la igualdad de derechos, deberes y oportunidades de sus integrantes”. En consecuencia, conscientes de los cambios, expectativas y necesidades de ésta se propone el Código de las Familias, que se somete a la consideración del pueblo.
La consulta popular para la discusión y análisis de éste, se erigió en el ejercicio democrático más puro de un estado de derecho como el nuestro y un genuino acto de participación. La ciudadanía de manera clara y transparente realizó sus propuestas para modificar, agregar, suprimir o ratificar los artículos de esta norma legal. Ello llevó a que el proyecto, sometido a la discusión y aprobación del máximo órgano legislativo, sufriera modificaciones en 273 de sus artículos, se suprimieron totalmente 16, se fusionaron 2, se añadieron 8 y se mantuvieron 192, lo que representa el 49,1% del total de sus postulados.
Muchas son las razones para decir un Sí rotundo y contundente a este Código y entre todas destaca su defensa, como derecho humano fundamental, el de vivir en familia, además representa un Código de amor y respeto; consagra el valor/principio de la dignidad como la esencia de los derechos de las personas y se vincula particularmente con el libre desarrollo de la personalidad, la protección de la vida familiar y el derecho a la igualdad de todos, consagrado como principio en el artículo 85 de la Constitución de la República, lo que implica la protección en el disfrute de los derechos, libertades y oportunidades, libre de discriminación por concepto de raza, sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad o cualquier otra circunstancia o condición personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana.
El hondo calado humanista del Código de las Familias y su sentido transformador, devienen en que desdobla con amplitud, los derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna como principios. Expande valores y derechos subjetivos fundamentales regulados en tratados internacionales de los que Cuba es parte, tales como: la Convención de los derechos del niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Dentro de los principios constitucionales que refleja podemos mencionar además de los ya expuestos con anterioridad los referidos a: justicia social, humanismo, ética, equidad, solidaridad, libre desarrollo de la personalidad e interés superior de niños y niñas. Le da un valor preponderante a la autonomía de la voluntad y a la autodeterminación individual- base para las relaciones protegidas por esta normativa- por ejemplo: la elección que adopte una persona para unirse a otra en matrimonio o unión de hecho afectiva y fundar una familia, o como fundamento para respetar la opinión y decisiones de niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad.
Es un texto inclusivo, solidario, tolerante, dignifica a todos los seres humanos sin distinción, precisa a los padres a ser mejores, propone herramientas para combatir la violencia intrafamiliar, con una tutela jurídica urgente y brinda un amplio espectro de protección a los ancianos y personas con discapacidad. Se erige en una propuesta sólida impregnada de sabiduría popular, con alto contenido humano, pensado para el beneficio de todos, como el sitio para buscar soluciones a los conflictos que se presenten en el ámbito familiar, sin regular modelos familiares rígidos ni preestablecidos. En esta norma se perfila el carácter humanista de la Revolución y encamina al Estado y a la sociedad cubana en la búsqueda de una nación más justa.
En sentido general sus regulaciones más significativas están centradas en reconocer y proteger a los sectores vulnerables de la sociedad, identifica las diferentes formas de familias existentes en la Cuba actual; nombra y reconoce a los cuidadores familiares, figura hasta el momento invisible para el derecho; incorpora la posibilidad de la gestación solidaria y evoluciona de un sistema de potestad a uno de responsabilidad parental más avanzado y exigente.
Al decir de nuestro Presidente Miguel Díaz -Canel y cito: “Apostar por la aprobación de este código en el referendo, es también apostar por la democracia, por la virtud de ser cubanos, por la felicidad de nuestros niñas, niños y adolescentes, por la autonomía y el poder de decisión de cada adulto mayor”. Indiscutiblemente, estamos en presencia de un acto de amor y su aprobación nos hará crecer como nación, es un código para las nuevas generaciones, que defiende un proyecto de país coherente, humano y revolucionario.
Por todo ello: Yo voto Sí.