En esta sección usted podrá conocer el significado de diversos términos jurídicos o relacionados con el Derecho
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Documento que acredita el dominio, uso, disfrute y disposición de un bien.

Persona con edad legal suficiente para prestar sus servicios, y en cambio este le es retribuido. Dichos servicios pueden ser prestados dentro de una organización o entidad estatal, o bien como trabajador independiente o autónomo, figura conocida en la legislación cubana como trabajador por cuenta propia. Debe tenerse en cuenta que cuando no se tiene la edad suficiente, se considera trabajo infantil, y si no se prestan los servicios de forma voluntaria, se considera esclavitud o servidumbre. En Cuba, al establecerse relaciones laborales sobre la base de una economía socialista, quedó abolida totalmente, al triunfo de la Revolución, el trabajo en esas dos últimas modalidades, garantizándose a través de la legislación vigente los derechos y deberes de los trabajadores.

Personal de cualquier nivel de enseñanza con capacidad legal para el trabajo que labora en el sector jurídico, ejercitando funciones propias y auxiliares en el sistema. En Cuba celebran su día el 8 de junio, fecha en que Ignacio Agramonte y Loynaz, patriota y jurista camagüeyano, discutió su Tesis de Derecho Civil y Canónico. En su honor se considera entonces como Día del Trabajador Jurídico.

Sala o edificio en que los jueces de todas las jerarquías desempeñan sus funciones, aun siendo unipersonales. • Conjunto de jueces o magistrados que administran colegiadamente justicia en un proceso o instancia, así como todo juez o magistrado que conoce asuntos de justicia y dicta sentencias. En Cuba los tribunales constituyen un sistema de órganos estatales, estructurado con independencia funcional de cualquier otro y subordinado jerárquicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado. La actividad de los tribunales tiene disímiles objetivos, destacándose el empeño de cumplir y hacer cumplir la legalidad socialista; salvaguardar el orden económico, social y político establecido en la Constitución; amparar la vida, la libertad, la dignidad, las relaciones familiares, el honor, el matrimonio y los demás derechos e intereses legítimos de los ciudadanos; proteger la propiedad socialista, la personal de los ciudadanos y las demás formas de propiedad que la Constitución y las demás leyes reconocen; amparar los derechos e intereses legítimos de los órganos, organismos y demás entidades estatales, de las organizaciones políticas, sociales y de masas, así como de las sociedades, asociaciones y demás entidades privadas que se constituyen legalmente. Se concentra además en prevenir las infracciones de la ley y las conductas antisociales, reprimir y reeducar a los que incurren en ellas y restablecer el orden legal quebrantado; dirimir las controversias laborales y de seguridad social; y revisar las resoluciones por los órganos y organismos que forman parte de la administración del Estado; asimismo encamina sus esfuerzos en pos de elevar la conciencia jurídico-social en la población sobre la base del respeto y cumplimiento, por parte de ella, de la ley, formulando en sus decisiones los pronunciamientos oportunos para el logro de tal propósito.

Máximo órgano de justicia. En Cuba es órgano superior, creador de jurisprudencia e investido de potestad reglamentaria e iniciativa legislativa mediante su Consejo de Gobierno. Ejerce la máxima autoridad judicial y sus decisiones en este orden son definitivas.

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