En esta sección usted podrá conocer el significado de diversos términos jurídicos o relacionados con el Derecho
A
B
C
D
E
F
G
H
I
J
L
M
N
O
P
Q
R
S
T
U
V
Z

Sucesor, total o parcialmente, a título universal, de los bienes, derechos y obligaciones del causante. En Cuba se reconocen los herederos especialmente protegidos, que son los hijos o sus descendientes en caso de que se produzca la muerte de los primeros, el cónyuge sobreviviente y los ascendientes siempre que no estén aptos para trabajar y dependan económicamente del causante. Todos ellos heredan a parte iguales, en caso de que concurran a la vez a la herencia.

Derecho de heredar o suceder.  Conjunto de bienes y derechos que se heredan.  Fenómeno genético por el cual los ascendientes transmiten a los descendientes determinadas cualidades.

Hijo que alguno de los miembros de la pareja dentro del matrimonio incorpora a su núcleo familiar sin haber sido engendrado por su cónyuge actual. También se reconoce como el entenado.

Sostén, apoyo.  Cosa puesta para sostener, apoyar y asegurar una obligación.  Para el acreedor hipotecario consiste en asegurar un crédito o el cumplimiento de una obligación sujetando un inmueble.

Menores cuyos padres hayan fallecido

Sugerir Término

Indica campo requerido
Usted puede sugerir un término y enviarlo aportándo los siguientes datos