Respuesta

Aun cuando no existe un delito específico a imputar ante la violencia contra las mujeres y las niñas, o de género, el Código Penal cubano cuenta con figuras delictivas que dan respuesta a los distintos hechos de violencia, desde la violencia física (Asesinato, Homicidio, Lesiones y otros), la violencia psicológica, económica, y otras (Amenazas, Coacción, Ejercicio Arbitrario de Derechos, entre otros); violencia sexual (Violación, Abusos Lascivos, Proxenetismo y Trata de Personas, Ultraje Sexual, Incesto, entre otros).

La amplia gama de delitos permite ofrecer respuesta penal a los hechos que de este tipo se producen, lo que se complementa con las nuevas disposiciones de orden procesal aprobadas con posterioridad a la promulgación de la Constitución de la República (Ley del Proceso Penal y Código de Procesos).

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