
El Código de las Familias, que se someterá a Referendo Popular el próximo 25 de septiembre, en su artículo 197 comprende el matrimonio como la unión voluntariamente concertada de dos personas con aptitud legal para ello, con el fin de hacer vida común sobre la base del afecto, el amor y el respeto mutuos.
Constituye además, una de las formas de organización de las familias y se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, deberes y capacidad legal de los cónyuges.
Hoy nuevamente nos acompaña Idania Silot Navarro, fiscal de la dirección de protección a la Familia y Asuntos Jurisdiccionales quien nos habla en esta segunda parte acerca de algunas de las novedades sobre el matrimonio en el Código de las Familias.