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Enrique Valdés. Periodista de la Dirección de Comunicación de la Fiscalía General
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Código de las Familias, exclusión, derechos, garantías legales
Código de familias

Estas dos personas mantuvieron una relación estable durante casi 30 años. No importa que a lo largo de ese tiempo sufrieran incomprensión familiar, alguna que otra reacción homofóbica, rechazo. Ambos eras felices hasta que un día la COVID-19 se interpuso entre ellos.
Esta desgarrantes historia llenó el espacio del programa Familias, el cual conducido por la Psicóloga Patricia Arés Muzio, mostró  cuánto daño suele hacer a las personas los estereotipos y prejuicios que laceran a la sociedad.

Tal y como reflejó el Programa, si la vida del sobreviviente se tornó insoportable fue en buena medida como consecuencia de las malas acciones de los familiares de la fallecida pareja, quienes se encargaron en todo momento de hacer gala de las más crueles bajezas humanas.
Personas que jamás aceptaron la relación e incluso se distanciaron durante  todo ese tiempo, apenas vieron una brecha se presentaron en la casa para reclamar todo lo que ellos habían construido juntos.  

Según Teresa de Jesús Fernández González,  Coordinadora de la Red de Lesbianas, historias como estas son bastante frecuentes y están fundamentadas  en  el mandato patriarcal que no reconoce ni protege el amor entre dos personas del mismo sexo que deciden constituir un tipo de familia distinto al de dos personas de sexos diferentes. Son  individuos con deberes en una sociedad sin derechos.

Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, fue enfática al referirse a situaciones como estas: “ son personas que no tienen derecho a tener derecho , pues a pesar de haber construido una vida  juntos adolecen de la posibilidad  de exigirlos ante un tribunal cuando estos son vulnerados.

Claro, subrayó la funcionaria, hablamos de las posibilidades reales del código de familia vigente, pues la Constitución en vigor desde el año 2019, en su artículo 81 refrenda el derecho de cada persona  a formar familia con independencia  del tipo de organización escogida para hacerlo.

Igualmente, abundó, el texto constitucional aboga por la igualdad efectiva, no discrimina por sexo o identidad de género, por ello es importante la adopción del nuevo Código de las Familias que garantice la acción jurídica para todos los actores.

Hoy no es justo limitar a una persona  por su orientación sexual, ni por la familia que decidió formar, aseguró  la Vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas y contrario a lo que algunos afirman este Proyecto no afecta los derechos de quienes siempre lo han tenido, solo amplia ese derecho a toda la sociedad en respuesta al mandato jurídico votado por la población en la Constitución de 2019.

Patricia Arés consideró que todavía faltan garantías para el pleno ejercicio de esos derechos constitucionales lo cual limita a un sector poblacional hacer uso de ellos de manera efectiva, es por ello que la nueva normativa sometida ahora a referendo popular en el próximo mes de septiembre, tiene entre sus objetivos dar derechos a quienes han carecido de esos a lo largo de esta historia.

 

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Soniasaid:

El respeto a la dignidad humana empieza desde el respeto a la elección de la pareja. La orientación sexual no puede determinar quién es cada quien, pero vivimos en una sociedad patriarcal y nos corresponde cambiar la mentalidad y estereotipos. Ellos tienen derechos y tenemos la responsabilidad de abogar por su protección.

Alinasaid:

El Código de las Familias recientemente aprobado en la @AsambleaCuba y que el próximo 25/9 irá a referéndum legislativo como uno de los requisitos para su vigencia, amplía los derechos para todas las personas, no le impone a nadie el tipo de familia que quiere para vivir, ese es un derecho humano ya reconocido por la Constitución, sino que protege y da las vías para su desarrollo en la forma escogida por cada persona, de ahí su valor.
Por otra parte, protege derechos a futuro, en cada etapa de la vida, tal vez ahora no pensamos como padres o madres porque no lo somos aún, pero para ese momento esperado ya están reservados los derechos y obligaciones que prevé la responsabilidad parental; sino se es abuelo o abuela ya están previstos los derechos para esa etapa tan especial de la vida de los seres humanos.
El Código también prevé fórmulas para la solución de los conflictos distintas a los tribunales, que permiten llegar a soluciones antes de q éstos sean irreconciliables y así evitar heridas que cuesta mucho sanar en la familia, en fin, es una norma superior en materia de derechos humanos, ajustada al contexto actual de la Sociedad cubana por la que #YoVotoSi
#FiscalíaCubana