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Enrique Valdés, periodista de la Fiscalía General de la República
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Código de las Familias, Programa Familias, derechos, legalidad
Familias

Omaida era una mujer alegre. Solía pasear, visitar las provincias en viaje de recreo y, aunque no tuvo hijos, mantenía una relación estable por más de dos décadas.

Un día su madre enfermó de esclerosis lateral, necesitó de cuidados adicionales y ahí comenzó a gestarse su dilema, pues ninguno de los dos hermanos “tenía tiempo para dedicarlo a esos menesteres”.

“Tú, que eres la mujer, estás mejor preparada para eso”, le dijo el hermano mayor, mientras el menor solo asintió. De esa manera, y casi como un estigma, su condición de mujer la convirtió en cuidadora absoluta de la madre sin opción a otra ayuda que no fuera un poco de dinero de vez en vez, o algunas viandas o vegetales que le dejaban casi como un favor.

Con el tiempo la madre empeoró y Omaida tuvo que dedicarle todo su tiempo a atenderla. Perdió su trabajo, su independencia económica, su esposo la traicionó con otra mujer y se produjo la ruptura. Así, de un tirón, su vida dio un giro de 180 grados.

La historia es real y aunque parezca salida de un cuento de ciencia ficción, el caso es uno de los tantos que a diario afronta la sociedad.

El programa Familias, conducido por la Profesora Titular de la Facultad de Psicología de la Universidad de la Habana, Doctora en Ciencias Patricia Arés Muzio, nos acerca cada semana a historias de vida desgarradoras y a la voz de especialistas que reflexionan, entre otros particulares, en la necesidad de actualizar el código vigente, en aras de reflejar estos males y ofrecer una solución desde la ley.

En este caso, el programa, desde varias aristas, abordó el tema de los cuidadores y demostró fehacientemente que tanto la persona objeto de cuidados como aquel que lo ofrece, están expuestos al dolor, al estrés y a las vicisitudes.

Según la Doctora Magela Ramos, coordinadora de la Red de Estudios para Cuidadores, Omaida fue casi una víctima de su sexo y consecuencia de una educación que centró sus principios en prepararla para actividades como las que asumió, a contrapelo de su desarrollo profesional y personal.

Por su parte, el Doctor en Ciencias Leonardo Pérez Gallardo, Profesor Titular de Derecho Civil y Notarial de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, destacó la problemática del envejecimiento poblacional en Cuba- entre los tres primeros países de América Latina y con pronóstico de alcanzar el lugar cimero en próximo años- y aseguró que eso constituye un desafío para el Derecho pues el Código de la Familia, en vigor desde el año 1975, no visibiliza en toda su magnitud este fenómeno.

Esa es una de las deudas que viene a saldar el nuevo Código de las Familias pues amplia los derechos de los cuidadores, aseveró Pérez Gallardo.

En el caso analizado en el programa, refirió, además, que “Omaida tendría la posibilidad de reclamar ayuda a sus hermanos, incluyendo la económica y, en el caso de fallecimiento de la madre, exigir el doble del patrimonio a heredar”.

“El derecho de sucesión previsto en la nueva normativa, acotó el especialista, favorece a quien asumió durante todo el tiempo el cuidado de la persona necesitada y visibiliza la figura del cuidador, dándole el justo lugar que merece”.

Durante su intervención Pérez Gallardo hizo referencia también a otros aspectos relacionados con la figura del cuidador, entre esas, a quien asume de manera total o parcial la responsabilidad de atender una o varias personas de su núcleo, en situación de dependencia por edad, enfermedad o discapacidad.

Habló también de los alimentos voluntarios, previsto en el artículo 371 del citado proyecto de Código, el cual concede a la autonomía de la voluntad de los ciudadanos, la posibilidad de pactar, mediante contrato de asistencia ante notario público, la manera en la que el alimentante está obligado a asistir al alimentista hasta su fallecimiento a cambio de trasmisión de bienes.

Ese contrato lleva implícito, además de manutención, recreación, alojamiento, cuidado personal y afectivo, entre otros. De incumplirse con lo pactado por alguna de las partes el contrato se considerará nulo.

La historia de Omaida no tuvo un final feliz. La muerte de la madre el pasado año por complicaciones propias de la enfermedad, la golpeó duro y ahora a los 60 años de edad, se encuentra sola, sin proyecto de vida ni apoyo económico y emocional. El nuevo Código de las Familias, ahora en fase de elaboración de una nueva versión, hubiera podido cambiar ese final.


 


 

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Dania Estévez said:

Siento que estoy reflejada en está historia, sólo que mi vida dio un giro de 360 grados, mi papá fue engañado por mi hermana, dono su vivienda ella lo expulsó de su vida y hoy nada se puede hacer me dicen

Fiscalía Gener…said:

Dania Estévez muchas gracias por comunicarse con nosotros. Hemos recibido su comentario el cual será procesado para darle la respuesta correspondiente. Debe aportarnos para ello, sus datos de conctacto.

In reply to by Dania Estévez

Mario César He…said:

Buenos dias. Agradecemos su contacto con nuestro órgano por esta vía. Para poder evaluar y tramitar su queja necesitamos nos aporte sus datos personales y los dd su padre, la direccion del inmueble y otros que nos permitan entrfvistarnos con usted, investigar y accionar como corresponde. Puede aportarnoslo por esta propia vía.

In reply to by Fiscalía Gener…

Sonia said:

Triste pero Real, igual a ella hay muchas Omaidas en Cuba. El cuido a quien te dio la vida no tiene precio, nadie lo hará. Además eso se llama reciprocidad, el devolver con cariño todo el esfuerzo de esa madre por sacar adelante a sus hijos.